Tras la aprobación en el Senado del segundo retiro de fondos previsionales enviado desde el Gobierno, dicha iniciativa quedó lista para ser promulgada en el diario oficial para autorizar el retiro de los fondos de los trabajadores.
En ese sentido, dentro de los puntos más relevantes de la iniciativa aprobada en el Congreso se encuentran:
Retiro mínimo de 35 UF ($1 millón) y un máximo de 150 UF ($4,3 millones)
Si el saldo acumulado es inferior a la cifra mínima, se autoriza el retiro de la totalidad de los fondos
La primera cuota deberá entregarse como máximo en 10 días hábiles, mientras que la segunda en los siguientes 10 días hábiles
Si se pide menos de un millón de pesos (35 UF) , se procederá a una sola cuota
Impuestos deberán ser pagados por quienes ganen más de $1.500.000
Aprobación del retiro forzoso para quienes tengan deudas de pensión alimenticia
Cada afiliado puede revisar cuál es el monto que hasta hoy tiene ahorrado en su cuenta de la Aseguradora de Fondos de Pensiones en la que se encuentre.
Puedes obtener más información haciendo click en cada AFP:
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Ejemplo de lo que puedes retirar
¿CUANDO PAGARIA LAS AFP
El segundo retiro de fondos de pensiones comenzará a regir una vez que la nueva ley se publique en el Diario Oficial. El proceso será similar al del primer retiro, pudiendo las personas solicitar hasta el 10% de los ahorros de su cuenta de capitalización individual obligatoria.
— Super de Pensiones (@Superpensiones) December 4, 2020
Presidente Piñera promulga ley de segundo retiro de fondos de AFP
“Estamos promulgando un proyecto que permite un segundo retiro del 10% de los ahorros previonales. Estamos conscientes de los desafíos sociales que se derivan de la pandemia de coronavius y la urgencia y justicia de mejorar las pensiones. Por eso haremos frente a ambos desafíos”, aseveró el mandatario.
Pdte @sebastianpinera promulgó 2do retiro del 10%. Este NO afectará Calificación Socioeconómica del RSH y no se perderán beneficios. Además en caso d deudores d pensión d alimentos, una vez q haya resolución judicial, AFPs tendrán 10 días hábiles para pagar deuda c/el 10% a hijos pic.twitter.com/V0TrddqjUO
— Karla Rubilar Barahona (@KarlaEnAccion) December 4, 2020
Por lo mismo, agregó que “la idea es proteger a las familias afectadas por la pandemia y por eso hemos ido construyendo una red de protección social, pero tenemos un compromiso de mejorar las pensiones de todos y de los grupos más vulnerables de la clase media y las mujeres”.
Asimismo, destacó que “este retiro no afecta a la clasificación socioeconómica de los hogares y por tanto no afecta el acceso de las personas a los beneficios sociales”.
¿Cómo funcionará?
Para iniciar el retiro, primero debe ser publicado en el Diario Oficial, lo que permitiría hacer la solicitud durante los siguientes 365 días siguientes, es decir, un año.
“El día de la publicación de la nueva ley en el Diario Oficial, a más tardar a las 9:00 a.m., las Administradoras deberán tener habilitado en el Home de su sitio público un acceso que conduzca directamente a una aplicación informática para el ingreso de la solicitud del segundo retiro de fondos, que deberá ser diferenciado e independiente del acceso al primer retiro de fondos”, sostiene el último borrador de la norma que deberá publicar pronto la Superintendencia de Pensiones.
¿Cómo funciona si no he hecho mi primer retiro?
Ambos proyectos son independientes y no se mezclan entre sí, por lo que si una persona no ha efectuado el primer retiro deberá realizar dos solicitudes por separado.
En caso de que la persona solo desee realizar uno, debe escoger a cuál de los dos se acogerá, considerando que tienen diferencias, ya que el segundo retiro no pueden hacerlo todos y un grupo debe pagar impuestos.