Le consultaron al superintendente por redes por el % el contesto si "efectivamente aparecería esta pregunta":
¿Qué porcentaje desea retirar? Y así será.
La autoridad lo confirmó.
"Lo que va a aparecer en el formulario estándar, es qué porcentaje del monto máximo que pueden sacar, desean", explicó. Macías detalló que puede ser un 90%, un 80%, o cualquier número. "Si alguien quiere sacar todo el máximo, debe poner el 100%", detalló.
Pero inmediatamente enfatizó en que "el máximo, es decir el 100%, será según lo que dice la reforma constitucional".
"Si alguien tiene menos de ese monto, el 100% corresponderá efectivamente a todo su saldo", agregó.
El superintendente insistió en que estos porcentajes serán en relación a lo aprobado en la reforma constitucional.
En resumen, es:
¿Qué porcentaje de lo que legalmente puedes sacar, quieres?
La autoridad aclaró que no hay intensión de causar confusión. Y agregó que se debe tener en cuenta que es "el porcentaje de lo que legalmente se puede sacar".
Pese a la aclaración, y a los detalles entregados por el superintendente, desde la Asociación de AFP de Chile también salieron a desmentir el tema.
En su cuenta de Twitter, señalan que, "con respecto a la información que circula sobre una pregunta que buena engañar a los afiliados en el retiro de su 10%, insistimos que la información es falsa".
Señalaron que están trabajando para "que el proceso que inicia el jueves sea lo más claro posible y los invitamos a seguir los canales oficiales para informarse".
IMPORTANTE: Este mensaje que está dando vueltas (adjuntamos imagen) es ABSOLUTAMENTE FALSO. Estamos trabajando para que el proceso sea lo más simple posible para todos quienes retiren su 10%. Insistimos en que se informen en canales oficiales. Más dudas en https://t.co/YEZSMlkEWs pic.twitter.com/EBwrml4h3p
— Asociación de AFP (@AFPdeChile) July 27, 2020
Desde este jueves 30 podrás solicitar el retiro del 10% de tu fondo. El proceso será online y no necesitas tu clave de AFP. Además, es gratis y sin intermediarios. Revisa todo lo que necesitas saber en https://t.co/YEZSMlkEWs. pic.twitter.com/4KNXNiwFFU
— Asociación de AFP (@AFPdeChile) July 26, 2020
En su cuenta de Twitter, señalan que, "con respecto a la información que circula sobre una pregunta que buena engañar a los afiliados en el retiro de su 10%, insistimos que la información es falsa".
Señalaron que están trabajando para "que el proceso que inicia el jueves sea lo más claro posible y los invitamos a seguir los canales oficiales para informarse".
Te dejamos una tabla que lo explica en detalle, la cual fue compartida en la página mi10afp.cl, destinada a aclarar dudas sobre el proceso.
¿Qué pasa en el caso de que un afiliado retire su 10% y tenga deuda de pensión alimenticia?
En el caso de que un afiliado que retire el 10% de su ahorro previsional tenga deuda de pensión alimenticia, se le retendrá automáticamente el monto adeudado y se traspasará a la parte demandante. Si el afiliado no solicita el retiro de sus fondos la parte demandante no recibirá el pago de la deuda.
La parte demandante puede revisar en la página web del Poder Judicial, wwwpjud.cl (sección Consulta Unificada de Causas y luego, Causas de Familia) con el número de la causa, el monto total adeudado
OJO QUE EL PADRE TAMBIEN PUEDE CONSULTAR DECIDIR SI RETIRA O NO .
Por ejemplo, si un afiliado solicita $1.000.000 de sus ahorros previsionales y tiene una deuda de $100.000 por pensión alimenticia, el afiliado recibirá $900.000 y su demandante los $100.000 adeudados.
¿Qué pasa si no se paga la pensión no retiro el dinero de la AFP y hice todo el tramite ?
Si ya has pasado por todas las gestiones, pero tu padre o madre se niega a pagar lo que ordena el tribunal, hay varias acciones puedes tomar:
Juicio ejecutivo.
Retener el sueldo:
el tribunal ordena al empleador retener la cantidad de dinero que la persona debe pagar como pensión, y esa fracción se deposita directamente en la cuenta de aquél que debe recibirla desde el 40 % máximo legal 50 mucho igual dependerá de cuantos hijos tiene o demandas.
Arresto nocturno entre 22:00 y 06:00 horas, hasta por 15 días prorrogable.
Se puede oficiar a tesorería para que le retengan la devolución de impuestos.
Se puede pedir al tribunal que le suspenda la licencia de conducir hasta por 6 meses.
Todos los anteriores son conocidos como "apremios" contra aquél que debe la pensión de alimentos.
Todos estos apremios se pueden solicitar al tribunal de familia correspondiente, con el fin de presionar a que el deudor se ponga al día con la obligación que se le ha fijado.
¿Cómo se fiscalizará este proceso?
La Superintendencia de Pensiones es el regulador de este proceso.
¿Qué necesito tener para hacer la solicitud de retiro de fondos?
Para realizar la solicitud, se requiere solo el RUT, el número de serie del documento de identidad y conocer la AFP en que está afiliado. Los trabajadores extranjeros que no tengan su RUT definitivo podrán solicitar el retiro con el NIC (Número Identificatorio para Cotización) junto a su clave de AFP
¿A qué cuentas pueden transferirse los fondos?
El pago se hará vía transferencia a una Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2), a una cuenta bancaria o de Caja de Compensación o de Cooperativa de Ahorro y Crédito, para lo que el afiliado deberá informar el número y tipo de cuenta además del nombre de la entidad que la administra.
El afiliado también podrá optar por el pago mediante un vale vista nominativo para ser cobrado en una entidad financiera.
Los afiliados que no tengan abierta una Cuenta 2, pueden recibir los fondos igualmente en ella, ya que se abrirá automáticamente con el depósito del retiro.
El monto del retiro no estará afecto cobro de comisiones por administración ni régimen tributario.
¿Cómo se solicita el retiro?
El afiliado debe ingresar una solicitud de retiro en la web de la AFP a la que está afiliado. Los afiliados que no sepan en qué AFP están, pueden consultarlo en la Superintendencia de Pensiones o Chile Atiende solo con su RUT.
En la solicitud de retiro, el afiliado debe indicar sus datos personales, el monto que desea retirar y la modalidad de pago (transferencia a la Cuenta 2, a su cuenta bancaria, cuenta de Caja de Compensación, cuenta de Cooperativa de Ahorro y Crédito o vale vista).
Los trabajadores extranjeros que no tengan su RUT definitivo podrán solicitar el retiro con el NIC (Número Identificatorio para Cotización) junto a su clave de AFP.
Dos días hábiles después de realizar esta solicitud, los afiliados recibirán una respuesta de aprobación o rechazo por parte de su administradora.
La solicitud podría no ser aprobada si la persona no está afiliada a la AFP o no tiene saldo en su cuenta individual.
En caso de ser aprobada, los solicitantes recibirán el pago de la primera cuota por el 50% del monto total del retiro en 10 días hábiles desde la solicitud. En tanto, la segunda cuota será pagada 30 días hábiles después del primer pago.
¿Hasta cuándo se puede solicitar el retiro del 10%?
El plazo para realizar la solicitud de retiro es de 365 días desde el 30 de julio de 2020, fecha en que la Ley se publica en el Diario Oficial. Es decir, si un afiliado no necesita hacer el retiro de forma inmediata, tendrá plazo de un año para hacerlo.