La pensión alimenticia es la obligación de los padres de entregar todo lo necesario para que el hijo pueda vivir con normalidad. Incluye velar porque cumpla con su educación de enseñanza básica, media y superior.
La pensión alimenticia en Chile es obligatoria hasta que cumplan 21 años. Pero si están estudiando una carrera técnica o profesional, la pensión dura hasta que cumplan 28 años.
Si el hijo tiene una incapacidad que le impida trabajar o subsistir, la pensión podría ser de por vida.
Según la ley, ambos padres están obligados a concurrir a la mantención de sus hijos. Si los padres se separan, y el padre tiene el cuidado personal de los hijos, la madre puede pagar la pensión.
¿Cómo se tramita la pensión alimenticia en Chile?
La pensión se puede acordar de diferentes formas y no siempre debe ser a través de tribunales de justicia.
Se puede llegar a un acuerdo voluntario, en forma extrajudicial el cual se recomienda presentar por escrito al tribunal de familia para que éste le dé su aprobación y pueda luego exigirse su cumplimiento. Para esto cualquiera de los padres puede acercarse a un centro de mediación donde lo ayudarán con ese trámite.
Proceso Judicial
Si no se llega a acuerdo en la mediación, la pensión se podrá demandar. En este caso es el juez de familia quien determina cuánto se deberá pagar por pensión.
Mientras dura el juicio se define un monto de “alimentos provisorios” a pagar, para que el o los hijos no queden sin pensión durante ese período.
¿Cómo se debe calcular el monto de la pensión?
Los montos varían, porque se toman en cuenta los ingresos de quien paga la pensión.
Si es sólo un hijo, el monto de la pensión no puede ser menos del 40% de un ingreso mínimo remuneracional, ($103.000.-) Mientras que si son 2 o más, no puede ser menor del 30%, por cada uno ($77.250.- c/u)
Pero el monto tampoco puede pasar el 50% de los ingresos de quien paga la pensión, considerando los descuentos estrictamente legales.
Además el pago de la pensión se puede efectuar a través del empleador del demandado.
Así el empleador deposita el dinero correspondiente a la pensión directamente y no pasa por manos del demandado.
Con esto se asegura el pago de la pensión.
¿A qué se arriesga alguien que no paga la pensión?
El juez puede:
Decretar orden de arresto nocturno.
Dar orden de arraigo, que le impida salir del país.
Retener su devolución anual del impuesto a la renta.
Pedir la suspensión de la licencia de conducir por un plazo de hasta 6 meses, entre otras.
¿Puede alguien quedar exento de pagar pensión alimenticia en Chile?
Si se cuenta con los medios económicos para pagarla, no.
Nadie puede quedar exento.
Pero si quien debe pagar, justifica que no cuenta con los medios, el juez podrá rebajar la pensión.
Sobre el retiro de AFP deudores de pensión alimenticia
El retiro voluntario de los fondos de pensiones abrió todo un debate respecto al pago de las pensiones alimenticias en nuestro país. Según datos del poder judicial el 84% de los deudores en causas de alimentos no paga la pensión fijada por Tribunal, lo que significa que un promedio de 70.000 niños, niñas y adolescentes no reciben lo que por ley les corresponde.
Como pedir el retiro forzoso del 10% del deudor aunque no retire ?
Durante las dos primeras semanas se contará con un proceso 100% digital con el fin de evitar grandes aglomeraciones en las aseguradoras a raíz de la pandemia.
Sin embargo, diversas entidades pidieron a las AFP tomar todos los resguardos para llevar a cabo el trámite lo más ágil posible, poniendo hincapié en las personas que optarán al retiro forzoso para saldar parte o todas la deudas por pensiones impagas.
Será el juez de familia quien autorice al adeudado o representante legal a solicitar el dinero y seguir los siguientes pasos:
Solicitar el trámite ante los tribunales de familia
El tribunal deberá dictar una medida cautelar y retener los fondos del deudor
Se procede a la liquidación de la deuda para determinar el monto a pagar
Notificación a ambas partes -deudor y adeudado- sobre la resolución
En tres días hábiles posteriores se podrá hacer una objeción
Si no hay objeciones, se procede al pago mediante una resolución
La AFP en cuestión efectúa el pago en plazo hasta 10 días hábiles desde la notificación
Mónica Jeldres, jueza del Segundo Juzgado de Familia, explicó sobre el proceso que "el legislador optó por una autorización judicial en los tribunales de familias. No es un trámite automático, es factible concluir que este proceso de pago superará con creces de este año".
Los primeros pagos estarán este Jueves
Fernando Larraín, gerente general de la Asociación de AFP, indicó que los primeros pagos del segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones se concretarán a partir de este jueves 17 de diciembre.
El representante de las administradoras de fondos de pensiones detalló que hasta este lunes un total de 5.814.071 de personas han concretado el segundo retiro.
Larraín expresó en radio Cooperativa que “les recuerdo a todos los afiliados y afiliadas al sistema previsional que hicieron su solicitud durante el primer día del proceso, que durante las próximas 48 horas recibirán un correo de parte de su administradora en el que se indica si la solicitud fue aceptada tras el proceso de validación de datos ingresados, de manera tal de poder comenzar con los primeros pagos el día 17 de diciembre”.
Junto con ello, en caso de que la solicitud haya sido rechazada, el gerente general de la Asociación de AFP instó a realizar una nueva solicitud corrigiendo el error que generó el rechazo.
¿Qué pasa si un padre tiene deudas con más de un hija o hijo?
La ley dice que el tribunal deberá conocer la causa más antigua entre ellas y posteriormente proceder al pago de cada uno de forma proporcional a lo adeudado.
Andrea Camargo, abogada y presidente de Fundación Mujeres, subrayó que "el criterio que corresponde es el de la proporcionalidad y de la equidad. No solo ver el monto que se adeuda y cuál es la cifra que se puede pedir, sino ver en qué consiste cada pensión de alimento".
Si el deudor de pensión de alimentos no retiro su primer 10 %?
Al ser aprobado la #subrogación en el 1er y 2do retiro si el deudor no quiere retirar se tomara ambos sus 10% por ley el juez(a) de familia autorizará a la representante para hacer el retiro.
Solicitud que permite subrogarse en los derechos del alimentante que no ha solicitado el primer retiro del 10%, una vez que se ha determinado una deuda de alimentos y la AFP haya informado existencia de fondos en la cuenta de capitalización individual.Las altas tasas de morosidad de las pensiones es un secretos voces , aunque pocas veces visto con tanta fuerza y claridad como en los últimos meses
Según datos del gobierno , 84 % de los demandados en causas de alimentos simplemente no paga lo fijado por el tribunal y del universo de deudores 9 de cada 10 son hombres
Hasta la fecha han llegado mas 380 mil solicitudes para poder retener los fondos de los deudores pensión alimenticia , un cifra que representa mas de un 1800 % del ingreso regular de tipo de causas judiciales
del total de ordenes de pago 212.573 , solo se ha depositado cerca del 24 %
SI PEDISTE TU 10% O QUIERES CONSULTAR SI EL PADRE LE LLEGO PUEDES CONSULTAR APRETANDO DANDOLE CLIC LA IMAGEN DE ABAJO
la Agrupación Deuda Pensión de Alimentos, hizo un llamado a denunciar estas amenazas de partes de padres con pruebas .